A- de 2001
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Godoy Quiñonez Luis Noberto·Demandado Tribunal Superior Militar
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Exceso en la potestad reglamentaria
- Incompetencia para introducir modificaciones al decreto de tutela en materia de competencias
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se ordenó acumular entre sí los expedientes de tutela de la referencia, toda vez que en todos los procesos relacionados se asumió el conocimiento por parte de las distintas autoridades, con base en las competencias establecidas en el Decreto 1382 de 2000, que como se ha reiterado es contrario a la Carta Política, situación que permite acumularlos entre sí, en aplicación del principio de la economía procesal y para efectos del presente pronunciamiento.
Se ordenó remitir los expedientes de tutela a los Despachos Judiciales a quienes correspondió el conocimiento inicial de la acción de tutela conforme al cuadro contenido en el presente auto, para que realicen el trámite que corresponda conforme a la Ley y acorde a lo expresado en la parte motiva.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. Acumular entre sí los expedientes de tutela de la referencia, por las razones expuestas en esta providencia.
- Segundo. Declarar la nulidad de todo lo actuado en las acciones de tutela radicadas en esta Corporación bajo los números T - 425 751 - 426 090 - 426 204 y 427 442, a partir de la fecha del auto en que se ordenó remitir cada acción a la autoridad competente en aplicación del Decreto 1382 de 2000 y respecto de los expedientes T - 382 328 - 392 540 - 412 654 - 427 000 - 427 020 - 427 021 - 428 199 - 428 202 - 428 203 - 428 204 desde la fecha del auto en que decidió admitir o avocar el conocimiento de cada acción de tutela.
- Tercero. Ordenar que por la Secretaría General de la Corte se remitan los expedientes de tutela a los Despachos Judiciales a quienes correspondió el conocimiento inicial de la acción de tutela conforme al cuadro contenido en el presente proveído, para que, de manera inmediata se le imprima a cada acción de tutela el trámite que corresponda conforme a la Ley y acorde a lo expresado en la parte motiva.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.